Riesgos de la red que se encuentran tipificados como delitos en Yucatán
Sexting: Ex parejas usaban el material enviado por la otra persona erróneamente ya sea para chantajear o exponer a esta misma. Ley Olimpia Nacional, reconoce la violencia digital como un tipo de violencia contra las mujeres que incluye acoso, hostigamiento, amenazas, insultos y vulneración de información privada, así como la difusión de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotos, videos o datos personales a través de internet, redes sociales, correo, apps, o cualquier otro espacio digital.
Ciberacoso: En la web, es un hecho que se prolonga mucho el ciberacoso en todo el estado. Por esta causa, el Congreso de Yucatán aprobó reformas al Código Penal del Estado para tipificar el delito de ciberacoso; se aplicarán sanciones a quien intimide o exponga de mala forma a cualquier persona, por medio de las TICS (Tecnologías de la Información y Comunicación), como son las redes sociales, mensajería, correo electrónico o cualquier otro medio digital; en donde se envíen impresiones gráficas, fotográficas o de sonido, mensajes de texto y videos.De este modo el responsable estará en prisión de seis meses a tres años con una multa económica de 50 a 200 días. (La pena aumentará si el delito ocurre contra menores de edad).
Pornovenganza: En Yucatán desde el 2018, ya se castiga la porno-venganza, pues quien solo amenace a alguien con publicar fotos de carácter pornográfico, sexual o erótico, puede tener una sanción de uno a cinco años de cárcel. Estas situaciones están escritas en las reformas al Código Penal del Estado para incluir los nuevos delitos contra la intimidad y la imagen de las personas.



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